06 julio 2007

Nuevo varapalo para la SGAE

Nueva sentencia, del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo, en la que se rechazan los pedimentos de la Sociedad General de Autores y Editores contra un establecimiento. En ella se establece que desde el momento en que el demandado resolvió el contrato que le unía con la SGAE y emitió música Copyleft no está obligado a pagar los derechos de comunicación pública de la música emitida en el local. El letrado de la SGAE sostuvo que es ilícito bajar música Creative Commons de Internet. Esta alegación ha sido rechazada sin más por el titular del juzgado. Tal y como se explica en la web administrada por el abogado Javier de la Cueva, "no se manifiesta qué tipo de ilícito se alegó, si civil o criminal. En el supuesto de ser un ilícito civil, queda claro de la sentencia que es una afirmación que no tiene ninguna relevancia y en el caso de que hubiera sido un ilícito criminal (el establecimiento sí tiene ánimo de lucro comercial), en mi personal opinión la SGAE no hubiera tenido ninguna duda en interponer una acción penal. Y si hubiese sido delito, la Ley establece que el Juez está obligado a poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal para que éste hubiese ejercitado, en su caso, las acciones criminales que hubiesen correspondido. Obviamente esto no ha ocurrido, siendo la afirmación de la SGAE una alegación sin ningún sentido ni rigor jurídico."

28 junio 2007

Science Commons: Ciencia sin barreras

Science Commons contribuye al avance de la ciencia eliminando barreras innecesarias y favoreciendo la colaboración científica y la innovación. Esta iniciativa vinculada a Creative Commons trata de activar el movimiento de información, instrumentos y datos que dan vida al ciclo de investigación científica. La aplicación de fórmulas de derechos de autor tradicionales a la comunicación digital científica restringe el número de oportunidades que abre el mundo conectado a una red. Las traducciones y ciertos formatos están prohibidos. Los científicos intrépidos no pueden ofrecer ciertos artículos interesantes en un archivo PDF para la distribución a sus colegas. Y hay nuevas tecnologías que no pueden ayudar a científicos a entender los millones de artículos actualmente incluidos en un índice para la ciencia biomédica. Scholar's Copyright project, uno de los proyectos más interesantes de Science Commons, ofrece un espectro de instrumentos y recursos de acceso libre. También es recomendable visitar el blog de Science Commons.

20 junio 2007

Algunas reflexiones de James Boyle

James Boyle es uno de los fundadores del Center for the Study of the Public Domain. Durante sus intervenciones en la iSummit 2007 ha explicado las líneas principales del proyecto de educación de Creative Commons, denominado CC Learn. Queremos hacernos eco aquí de algunas interesantes reflexiones que recientemente ha planteado entorno al problema de la propiedad y la tecnología digital: "Necesitamos un equilibrio entre abierto y cerrado, libre y no libre, pues este equilibrio no suele darse en la mayoría de los casos. En parte esto ocurre porque todavía no entendemos la clase de propiedad que se desarrolla sobre redes. La mayor parte de nuestra experiencia se basa en la propiedad tangible. Para esta clase de propiedad, el control tiene más sentido. Todavía no alcanzamos a comprender la clase de propiedad que puede hacerse más valiosa para nosotros cuanto mayor es el uso que hacen los otros de la misma. Como astronautas flotando sin gravedad, nuestros reflejos son torpes todavía en los espacios libres."

11 junio 2007

Cuarta resolución judicial en favor de las licencias libres

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Salamanca recaída el pasado 11 de abril de 2007 en el Juicio verbal número 4/2007 se ha convertido en la cuarta resolución judicial en favor de las licencias libres. En este caso, la Sociedad General de Autores y Editores demandó al establecimiento salmantino Birdland alegando que utilizaba obras de su repertorio musical. El establecimiento demostró, gracias a que el letrado de la demandada supo explicar en el juicio cuestiones tales como el género Copyleft, la especie Creative Commons y la cláusula vírica copyleft, que la música utilizada fue obtenida bajo licencias libres. La sentencia desestima completamente la demanda e impone las costas a la SGAE, lo que supone elevar a cuatro el número de resoluciones judiciales favorables al Copyleft y un nuevo refuerzo para el concepto de licencias libres.

06 junio 2007

El padre de Creative Commons

Lawrence Lessig es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Stanford (EEUU) y el principal creador de las licencias Creative Commons. El Pais ofrece hoy una entrevista a Lessig en la que explica cómo y por qué surge la necesidad de crear este tipo de licencias: "Para entender lo que es Creative Commons, hay que entender el problema que trata de resolver. Las leyes del copyright regulan las copias de las obras pero, en el mundo digital, cada uso individual de cualquier obra crea una copia. Eso significa que, en principio, tienes que tener una licencia para cada uso, aunque seas un niño que utiliza imágenes de Disney para un proyecto del colegio. Sin embargo, muchos creadores no quieren que el control de su obra esté tan restringido; prefieren que la gente haga cosas con su trabajo, que lo copie, que lo comparta, que realice proyectos. Las restricciones del copyright no tienen sentido en este contexto. Es una tragedia que hayamos creado un régimen que concibe la creatividad de millones como ilegal. Y es importante tener este debate".

28 mayo 2007

El sistema ColorIuris

ColorIuris es un sistema mixto de autogestión y cesión de derechos de autor con efectos legales para creadores de 23 países (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay, Venezuela, Irlanda y Estados Unidos). Los autores que opten por este sistema pueden contribuir a la libre circulación de la cultura respetando los derechos morales y la legislación vigente, como el Convenio de Berna.

El sistema ColorIuris garantiza que si alguien utiliza los contenidos de un sitio web de forma contraria a la que ha dispuesto su titular tendrá una herramienta jurídica que podrá esgrimir ante los tribunales contra el infractor. Por otro lado, hay que señalar que ColorIuris y Creative Commons no son incompatibles.

19 mayo 2007

El avance de Creative Commons

Cada vez son más los trabajos creativos que nacen al amparo de las licencias Creative Commons. Es el caso, por ejemplo, del Disco Naranja, una obra colectiva que representa una apuesta por las iniciativas jóvenes y por la creatividad musical de la sociedad extremeña. También Enrique Mateu ha optado por este sistema flexible de derechos de autor para su proyecto Anya Tesawit, que pretende difundir los clásicos de la literatura canaria entre los jóvenes.

Pero una de las incorporaciones más destacadas es la que se ha producido por parte del Círculo de Bellas Artes de Madrid, que ha decidido adoptar licencias Creative Commons para algunos de sus materiales. El primer paso es una serie de documentales de producción propia que se nutren de entrevistas a diferentes intelectuales y reconocidos artistas vinculados al CBA. Sin duda, el avance de Creative Commons es imparable.

08 mayo 2007

Una sentencia más a favor del copyleft

La reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Salamanca se convierte en la cuarta resolución judicial favorable a la utilización del copyleft, gracias al cual los receptores de una obra pueden copiarla, distribuirla y modificarla siempre y cuando garanticen esas mismas condiciones a otros futuros receptores. El copyleft nace de la necesidad de compartir conocimientos lejos de las restricciones que impone el copyright.

La sentencia del caso Ladinamo fue pionera en este sentido y la sentencia a la que nos referimos desestima la demanda que la Sociedad General de Autores y Editores interpuso a un establecimiento salmantino alegando que utilizaba obras de su repertorio vulnerando la Ley de Propiedad Intelectual. El establecimiento ha demostrado que las obras utilizadas se obtuvieron bajo licencias libres. La sentencia supone un paso muy importante para el avance del copyleft y de los contenidos abiertos, puesto que reconoce la validez de Internet como canal de distribución que se adapta a una sociedad dinámica, así como la existencia de las licencias libres.

22 abril 2007

La polémica del canon

El impuesto denominado canon compensatorio por copia privada o canon digital ha generado una fuerte controversia en la sociedad, enfrentando a consumidores y entidades de gestión de derechos de autor, como la SGAE, que insiste en reivindicar el nuevo impuesto como medida para compensar las pérdidas que la piratería produce a la industria cultural española.

El canon digital, que supondría un aumento de precios en los dispositivos electrónicos que oscilaría entre un 13% y un 35%, no ha entrado en vigor en el mes de marzo, tal y como estaba previsto, porque las partes afectadas no han conseguido llegar a un acuerdo a la hora de fijar su importe. A mediados de mes la plataforma Todos Contra el Canon entregó al Gabinete socialista un manifiesto avalado por más de un millón de firmas. Esta plataforma, que se hace eco del rechazo que muchos ciudadanos sienten hacia un impuesto que consideran abusivo, está integrada por diferentes asociaciones de usuarios y profesionales, como el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación o la Asociaciación de Internautas.

04 abril 2007

Nueva versión de licencia Creative Commons (3.0)

Creative Commons ha llevado a cabo recientemente la renovación de sus modelos de cesión de derechos llamados "licencias". Eso ha dado lugar a la versión 3.0 de las Licencias Creative Commons.

Para que el que no esté familiarizado con este tema, recordamos que esta institución no oficial ofrece en gratuidad a los usuarios "modelos" de declaraciones de permiso de derechos que se basan en la libre disposición de la propiedad intelectual de esos usuarios con las condiciones que ellos marquen, fundamentalmente las que se refieren a la modificación de la obra (obra derivada) y su uso comercial. Cualquier persona que publique en internet una propiedad intelectual puede dejar claras las condiciones de uso de esa obra mediante estos modelos de licencias.

Las principales novedades son:

- Un modelo de licencia no adaptada a un país en particular. Este modelo sirve para cualquier usuario del mundo y el único requisito es que su país haya firmado el Convenio de Roma (firmado ya por 86 países).

- La armonización con las sociedades de gestión de derechos de autor.

- Inclusión de compatibilidad de las condiciones BY y SA.

- Mayor compatibilidad con Debian y el MIT. En este último caso, en relación al proyecto OpenCourseWare. En el último año el MIT ha lanzado junto a otras 100 instituciones el OpenCourseWare Consortium. Creative Commons pretende mantener la consistencia de sus modelos en un proyecto que se ha convertido en un movimiento mundial.